Normas de acceso a la Ciudad Deportiva

NORMAS DE ACCESO A LAS INSTALACIONES DE LA CIUDAD DEPORTIVA CÓRDOBA CF  PARA ABONADOS Y ESPECTADORES 

  1. Conforme al Art. 17 del Real Decreto 203/2010, los espectadores (Adolescentes y/o adultos, mayor de 12 años) podrán acceder a la ciudad deportiva del Córdoba cf. previo paso por taquilla, debiendo poseer para ello la correspondiente entrada o Carné (C. Deportiva) para su acceso. Queda terminantemente prohibido el acceso de espectadores que no porten su entrada o carné. Los menores de 12 años tienen el acceso gratuito acreditando su edad.
  2. Los espectadores deben guardar su entrada o carné, estando obligados a mostrarlo en cualquier momento que le sea requerido por la autoridad (empleados del Córdoba Club de Fútbol, seguridad, policía). En caso de no disponer de entrada o carné, el espectador podrá ser expulsado de la Ciudad Deportiva.
  3. Los carnés de acceso a la Ciudad deportiva son propiedad del Córdoba Club de Fútbol y podrán ser retirados y/o cancelados a quien hiciera uso de ellos de forma no autorizada o irregular. Los abonos son de uso personal e intransferibles.
  4. Queda prohibida la introducción de bebidas o alimentos en envases de metal, vidrio, cerámica, madera o materiales similares que superen en volumen/peso más de 500 mililitros/gramos. Queda prohibida también la introducción de cualquier clase de bebida alcohólica, así como estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes, sustancias análogas, o estar bajo sus efectos. Se prohíbe asimismo la entrada con armas e instrumentos susceptibles de ser utilizados como tales, bengalas, fuegos de artificio u objetos análogos.
  1. Queda prohibido la introducción de paraguas con terminación de punta metálica o de madera, paraguas tipo de golf, palos selfies, cámaras tipo réflex, ordenadores portátiles, biberones de cristal, vasos especiales para niños metálicos o de cristal.
  2.  Queda prohibido la introducción de cualquier tipo de armas u otra clase de objetos o instrumentos que, debido a su forma o tamaño, puedan producir los mismos resultados que aquéllas.
  3. Queda prohibido la introducción de cascos de moto, Patinetes o bicicletas dentro de la Ciudad deportiva, las instalaciones no disponen de consigna.
  1. Está prohibida la introducción de cámaras de TV o micrófonos profesionales, salvo que se disponga autorización por parte del departamento de comunicación del Córdoba Club de Fútbol.
  2. Queda prohibido introducir, exhibir o elaborar pancartas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o al terrorismo, o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, sexo u orientación sexual. Queda prohibido realizar cánticos, expresiones, sonidos o actitudes que inciten a la violencia o al terrorismo, o que pretendan vejar a una persona o grupo de ellas por razón o de su raza o etnia, discapacidad, religión o convicciones, sexo u orientación sexual.     
  3. Queda prohibido acceder a un recinto deportivo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes o algún efecto que pueda alterar el orden público.
  4.  Está prohibido acceder con tu animal de compañía a la Ciudad deportiva excepto perros de asistencia y / o guía de acuerdo con la legislación vigente.
  5. 12. Se podrá acceder con carritos de bebe siempre y cuando no sea un obstáculo que pudiesen constituir en caso de Evacuación del recinto. Conforme Art. 59 del Real Decreto 2816/1982.
  6. 13. Queda totalmente prohibido Irrumpir en el terreno de juego
  7. Cualquier otro elemento prohibido legal o reglamentariamente.
  8. Todos los elementos recogidos por la ley 19/2007 y R.D. 203/2010 y demás normativa de referencia en la prevención de la violencia en espectáculos deportivos.